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ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD

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ATENCIÓN PRIMARIA EN SALUD: La Base de un país más sano. Desde el punto de vista constitucional la atención del primer nivel está reglamentada en el art 49 de la Constitución del 91 “ los servicios de salud se organizaran en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad” , a su vez la Corte Constitucional en sentencia T-484 de 1992 establece que la salud cuenta con dos grandes bloques el primero como el derecho a la vida de todos los seres humanos y el segundo como el carácter asistencial ubicándolo como una obligación del Estado en razón a que impone sanciones concretas para asegurar el desarrollo de predicados legislativos a prestar el servicio de salud y gozar así de asistencia médica, derechos hospitalarios, laboratorio y farmacéuticos entre otros. Pero a nivel general y la significación más concreta viene de la Conferencia Internacional sobre Atención Primaria de Salud -Alma Ata de 1978 y convocada por la OMS: ... la asist